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Arquitectura e Ingeniería (Exportaciones)

Incentivo fiscal para firmas de arquitectura e ingeniería que brindan servicios a clientes fuera de Puerto Rico, ofreciendo una tasa impositiva corporativa del 4%.

11 min

Código de sección:

2031.01(A)-1 (a)-5

Propósito:

Exportaciones — 2031.01(A)-1 (a)-6

Resumen

El incentivo de exportación de Arquitectura e Ingeniería bajo la Sección 2031.01(A)-1(a)-5 de la Ley 60-2019, enmendada, proporciona un tratamiento fiscal preferencial para las firmas de arquitectura e ingeniería que atienden a clientes ubicados fuera de Puerto Rico. Esta designación apoya las prácticas profesionales de diseño e ingeniería que sirven a los mercados de exportación.

Las empresas calificadas pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) de impuesto sobre la renta corporativa sobre los ingresos derivados de los servicios de arquitectura e ingeniería prestados a clientes fuera de Puerto Rico. El programa atrae a firmas de arquitectura, consultorías de ingeniería, firmas de diseño y construcción, y firmas de servicios profesionales integrados que pueden operar desde Puerto Rico mientras sirven a clientes externos.

La principal distinción de esta designación es su enfoque específico en la arquitectura y la ingeniería como disciplinas profesionales licenciadas. Estos servicios requieren credenciales profesionales e involucran diseño, planificación e ingeniería para la construcción, infraestructura, industrial y otros proyectos.

Los profesionales de arquitectura e ingeniería de Puerto Rico apoyan estas prácticas. El incentivo mejora la competitividad de las firmas con sede en Puerto Rico que sirven a clientes de EE.UU. e internacionales.

Beneficios clave

Tasa del Impuesto sobre la Renta Corporativa

Las firmas de arquitectura e ingeniería aprobadas bajo esta designación pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) sobre los ingresos de servicios que califiquen para clientes fuera de Puerto Rico. Esta tasa se aplica durante el término del decreto de quince (15) a veinte (20) años.

En comparación con las tasas estándar de Puerto Rico del treinta y siete y medio por ciento (37.5%), los ahorros superan el noventa por ciento (90%).

Tratamiento Fiscal de Dividendos

Los dividendos distribuidos de ingresos del decreto a accionistas fuera de Puerto Rico enfrentan un cero por ciento (0%) de retención.

Exenciones de Impuestos sobre Propiedades

Las firmas reciben exenciones de impuestos sobre propiedades en equipos de oficina, tecnología de diseño y otros activos comerciales.

Exenciones de Impuestos Municipales

Los titulares de decretos están exentos de impuestos municipales sobre licencias en ingresos arquitectónicos e ingenierías que califiquen.

Estructura de Práctica Profesional

El incentivo permite a los profesionales licenciados estructurar prácticas que sirvan a clientes de exportación mientras mantienen licencias y estándares profesionales.

Requisitos y Obligaciones

Estructura Empresarial y Registro

Los solicitantes deben establecer una entidad legal de Puerto Rico para llevar a cabo servicios arquitectónicos e ingenieriles y poseer el decreto. La entidad debe registrarse ante las autoridades de Puerto Rico y obtener las licencias necesarias.

Umbral de Ingresos por Exportación

Al menos el ochenta por ciento (80%) de los ingresos brutos deben derivarse de servicios arquitectónicos e ingenieriles prestados a clientes fuera de Puerto Rico. Los servicios a clientes de Puerto Rico no califican. Se requieren registros detallados de clientes e ingresos.

Definición de Servicios Arquitectónicos e Ingenieriles

Los servicios deben constituir servicios arquitectónicos o de ingeniería genuinos, incluyendo diseño de edificios, ingeniería estructural, ingeniería MEP, ingeniería civil, ingeniería industrial o servicios profesionales relacionados. El trabajo debe realizarse sustancialmente desde Puerto Rico.

Licencias Profesionales

Los servicios arquitectónicos e ingenieriles requieren licencias profesionales adecuadas. Los arquitectos deben tener licencias de arquitectura válidas y los ingenieros deben tener licencias de ingeniería en disciplinas relevantes. Puede ser necesaria la licencia profesional en Puerto Rico o en las jurisdicciones de los clientes, dependiendo de los requisitos regulatorios.

Entrega de Servicios desde Puerto Rico

El diseño, la ingeniería y el trabajo profesional deben realizarse sustancialmente en Puerto Rico por profesionales con base en Puerto Rico. Las visitas al sitio y las reuniones con clientes pueden ocurrir en las ubicaciones de los proyectos, pero los servicios profesionales centrales deben prestarse desde Puerto Rico.

Requisitos de Empleo

Las firmas deben contratar al menos un (1) empleado residente en Puerto Rico a tiempo completo dentro de los seis (6) meses posteriores a la emisión del decreto. Los arquitectos, ingenieros, diseñadores y el personal de apoyo licenciados cuentan para los requisitos.

Presencia Física

La firma debe mantener oficinas profesionales en Puerto Rico donde se realicen trabajos arquitectónicos e de ingeniería. Los registros comerciales deben mantenerse en Puerto Rico.

Cumplimiento e Informes

Los informes de cumplimiento anual deben documentar el empleo, las fuentes de ingresos, las ubicaciones de los clientes y el estado de la licencia profesional. Los registros deben demostrar que los servicios calificativos se realizan desde Puerto Rico para clientes que no son de Puerto Rico.

Cómo solicitar

El proceso de solicitud para el incentivo de exportación de Arquitectura e Ingeniería generalmente requiere de cuatro (4) a seis (6) meses desde la planificación hasta la emisión del decreto, más tiempo para cualquier procedimiento de licenciamiento profesional.

El proceso comienza evaluando si la práctica profesional califica. Las empresas deben confirmar que los servicios constituyen servicios arquitectónicos o de ingeniería, que al menos el ochenta por ciento (80%) de los ingresos provienen de clientes fuera de Puerto Rico, y que la licencia profesional puede mantenerse u obtenerse. La consulta con asesores de Puerto Rico aclara la elegibilidad.

Durante la planificación, las empresas establecen una entidad legal en Puerto Rico y abordan el licenciamiento profesional. Las licencias profesionales pueden requerir procedimientos específicos en Puerto Rico. Las empresas también deberían asegurar un espacio de oficina profesional adecuado.

La solicitud formal se presenta a PRIDCO e incluye descripciones de los servicios arquitectónicos y de ingeniería, credenciales de los profesionales clave, análisis de la base de clientes, proyecciones financieras y planes de empleo. Se debe incluir la documentación de las licencias profesionales.

PRIDCO revisa la solicitud durante aproximadamente sesenta (60) a noventa (90) días. El personal puede solicitar información adicional sobre calificaciones profesionales, relaciones con los clientes o licencias. Las solicitudes que demuestran capacidades profesionales genuinas y compromiso con Puerto Rico reciben una consideración favorable.

Una vez aprobada, se emite el decreto especificando los términos y obligaciones. Después de la emisión, la empresa debe cumplir con hitos operativos y mantener el licenciamiento profesional durante todo el plazo del decreto.

Esta información es educativa y no debe considerarse asesoría legal o fiscal. Los solicitantes deben consultar con profesionales legales y fiscales calificados familiarizados con los programas de incentivos de Puerto Rico antes de tomar decisiones comerciales o presentar solicitudes.

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