Desarrollo y Distribución de Software (Exportaciones)
Desarrollo y Distribución de Software (Exportaciones)
Incentivo fiscal para empresas de desarrollo y distribución de software que atienden a clientes o mercados fuera de Puerto Rico, ofreciendo una tasa impositiva corporativa del 4%.
11 min
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Código de sección:
2031.01(A)-1 (a)-11
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Propósito:
Exportaciones — 2031.01(A)-1 (a)-10
Resumen
El incentivo de exportación por desarrollo y distribución de software bajo la Sección 2031.01(A)-1(a)-11 de la Ley 60-2019, según enmendada, proporciona un tratamiento fiscal preferencial para las empresas de software que desarrollan, publican o distribuyen software para clientes o mercados fuera de Puerto Rico. Esta designación apoya el sector de software y tecnología de Puerto Rico.
Las empresas que califican pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) de impuesto sobre la renta corporativa sobre los ingresos derivados del desarrollo y distribución de software a clientes o mercados fuera de Puerto Rico. El programa atrae a desarrolladores de software, empresas de SaaS, editores de software, desarrolladores de aplicaciones móviles y empresas de tecnología que pueden operar desde Puerto Rico mientras sirven a mercados externos.
La distinción clave de esta designación es su cobertura integral de las actividades de software que incluyen desarrollo personalizado, desarrollo de productos, operaciones de SaaS y distribución de software. La designación acomoda tanto el desarrollo de software basado en servicios como a las empresas de software basadas en productos.
El talento tecnológico, la conectividad y el entorno empresarial de Puerto Rico apoyan a las empresas de software. El incentivo mejora la competitividad de las empresas de software basadas en Puerto Rico que sirven a los mercados de EE. UU. y globales.
Beneficios clave
Tasa del Impuesto sobre Ingresos Corporativos
Las empresas de software aprobadas bajo esta designación pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) sobre los ingresos de desarrollo y distribución de software calificados a clientes o mercados fuera de Puerto Rico. Esta tasa se aplica durante el término del decreto de quince (15) a veinte (20) años.
En comparación con las tasas estándar de Puerto Rico del treinta y siete y medio por ciento (37.5%), los ahorros superan el noventa por ciento (90%).
Tratamiento Fiscal de Dividendos
Los dividendos distribuidos de los ingresos del decreto a los accionistas fuera de Puerto Rico enfrentan una retención del cero por ciento (0%).
Exenciones de Impuestos sobre Propiedades
Las empresas de software reciben exenciones de impuestos sobre propiedades en instalaciones de desarrollo, servidores, equipos e infraestructura tecnológica.
Exenciones de Impuestos Municipales
Los titulares del decreto están exentos de impuestos municipales sobre los ingresos de software calificados.
Ecología Tecnológica
Las empresas de software se benefician de la creciente comunidad tecnológica de Puerto Rico, el acceso a talento de desarrollo y la conectividad que apoya las operaciones de software distribuidas.
Requisitos y Obligaciones
Estructura y Registro de Negocios
Los solicitantes deben establecer una entidad legal de Puerto Rico para realizar operaciones de software y mantener el decreto. La entidad debe registrarse ante las autoridades de Puerto Rico y obtener las licencias necesarias.
Umbral de Ingresos por Exportación
Al menos el ochenta por ciento (80%) de los ingresos brutos debe derivar del desarrollo o distribución de software a clientes o mercados fuera de Puerto Rico. El software vendido o licenciado a clientes de Puerto Rico no califica. Se requieren registros detallados de clientes e ingresos.
Definición de Actividades de Software
Las actividades deben constituir desarrollo o distribución de software calificado, incluyendo desarrollo de software a medida, desarrollo de productos de software, operaciones de SaaS, desarrollo de aplicaciones móviles, publicación de software o licencias de software. El trabajo de desarrollo debe realizarse sustancialmente desde Puerto Rico.
Desarrollo desde Puerto Rico
El desarrollo de software, incluyendo diseño, codificación, pruebas y mantenimiento, debe realizarse sustancialmente en Puerto Rico por desarrolladores basados en Puerto Rico. Los equipos de desarrollo deben estar basados en Puerto Rico incluso si sirven a clientes globales.
Requisitos de Empleo
Las empresas de software deben contratar al menos un (1) empleado residente de Puerto Rico a tiempo completo dentro de los seis (6) meses posteriores a la emisión del decreto. Los desarrolladores de software, ingenieros y personal técnico cuentan para los requisitos.
Presencia Física
La empresa debe mantener instalaciones en Puerto Rico donde se realice el desarrollo de software. Los registros comerciales y el desarrollo de propiedad intelectual deben estar basados en Puerto Rico.
Cumplimiento e Informes
Los informes anuales de cumplimiento deben documentar el empleo, las fuentes de ingresos, las ubicaciones de los clientes y los productos o servicios de software. Los registros deben demostrar que el desarrollo de software calificado se realiza desde Puerto Rico para mercados que no son de Puerto Rico.
Cómo solicitar
El proceso de aplicación para el incentivo de exportación de desarrollo y distribución de software generalmente requiere de cuatro (4) a seis (6) meses desde la planificación hasta la emisión del decreto.
El proceso comienza evaluando si el modelo de negocio de software califica. Las empresas deben confirmar que las actividades constituyen desarrollo o distribución de software, que al menos el ochenta por ciento (80%) de los ingresos proviene de clientes fuera de Puerto Rico, y que el desarrollo se puede llevar a cabo efectivamente desde Puerto Rico. La consulta con asesores de Puerto Rico ayuda a confirmar la elegibilidad.
Durante la planificación, las empresas establecen una entidad legal en Puerto Rico y comienzan la configuración de operaciones. Esto incluye la formación de la entidad, la banca, la obtención de espacio para el desarrollo y el establecimiento de la infraestructura técnica. Algunos fundadores y desarrolladores se trasladan mientras que otros contratan talento de desarrollo local.
La solicitud formal se presenta a PRIDCO e incluye descripciones de productos o servicios de software, pila tecnológica, análisis de la base de clientes, procesos de desarrollo, proyecciones financieras y planes de empleo. Demos de productos o documentación técnica pueden ayudar a demostrar capacidades.
PRIDCO revisa la solicitud durante aproximadamente sesenta (60) a noventa (90) días. El personal puede solicitar información adicional sobre productos de software, relaciones con clientes o operaciones de desarrollo. Las solicitudes que demuestran capacidades genuinas de software y compromiso con Puerto Rico reciben consideración favorable.
Tras la aprobación, se emite el decreto especificando los términos y obligaciones. Después de la emisión, la empresa debe cumplir con hitos de empleo y operacionales dentro de los plazos especificados.
Esta información es educativa y no debe considerarse como asesoramiento legal o fiscal. Los solicitantes deben consultar con profesionales legales y fiscales calificados familiarizados con los programas de incentivo de Puerto Rico antes de tomar decisiones comerciales o presentar solicitudes.
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