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Telecomunicaciones (Exportaciones)

Incentivo fiscal para servicios de telecomunicaciones proporcionados a clientes fuera de Puerto Rico, ofreciendo una tasa impositiva corporativa del 4% en servicios de telecomunicaciones de exportación.

11 min

Código de sección:

2031.01(A)-1 (a)-14

Propósito:

Exportaciones — 2031.01(A)-1 (a)-12

Resumen

El incentivo de exportación de telecomunicaciones bajo la Sección 2031.01(A)-1(a)-14 de la Ley 60-2019, según enmendada, proporciona un tratamiento fiscal preferencial para los servicios de telecomunicaciones prestados a clientes ubicados fuera de Puerto Rico. Esta designación apoya a los proveedores de servicios de telecomunicaciones que atienden mercados externos.

Las empresas que califican pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) de impuesto sobre la renta corporativa sobre los ingresos derivados de los servicios de telecomunicaciones prestados a clientes fuera de Puerto Rico. El programa atrae a proveedores de servicios de telecomunicaciones, empresas de servicios de voz y datos, y operadores de telecomunicaciones que pueden atender a clientes externos desde la infraestructura de Puerto Rico.

La principal distinción de esta designación en comparación con los incentivos de infraestructura de telecomunicaciones domésticas es su enfoque en proporcionar servicios de telecomunicaciones a clientes externos en lugar de atender el mercado de Puerto Rico. Los servicios de telecomunicación de exportación pueden incluir servicios de voz, servicios de datos, servicios de conectividad u otras ofertas de telecomunicaciones para clientes no puertorriqueños.

La infraestructura y la posición de conectividad de Puerto Rico respaldan la exportación de servicios de telecomunicaciones. El incentivo mejora la competitividad de las operaciones de telecomunicaciones que sirven a mercados externos desde Puerto Rico.

Beneficios clave

Tasa del Impuesto sobre la Renta Corporativa

Los proveedores de servicios de telecomunicaciones aprobados bajo esta designación pagan una tasa fija del cuatro por ciento (4%) sobre los ingresos de servicios calificados a clientes externos. Esta tasa aplica durante el término del decreto de quince (15) a veinte (20) años.

En comparación con las tasas estándar de Puerto Rico del treinta y siete y medio por ciento (37.5%), los ahorros superan el noventa por ciento (90%).

Exenciones de Impuestos sobre Propiedades

Las operaciones de telecomunicaciones reciben exenciones de impuestos sobre propiedades en instalaciones de telecomunicaciones, equipos de red, equipos de conmutación e infraestructura utilizada en la prestación de servicios.

Tratamiento Fiscal de Dividendos

Los dividendos distribuidos de los ingresos del decreto a los accionistas fuera de Puerto Rico enfrentan una retención del cero por ciento (0%).

Exenciones de Impuestos Municipales

Los titulares de decretos están exentos de impuestos de licencia municipal sobre los ingresos de telecomunicaciones calificados.

Apalancamiento de Infraestructura

Los proveedores de servicios de telecomunicaciones se benefician de la conectividad de Puerto Rico y de la infraestructura de telecomunicaciones para servir a mercados externos.

Requisitos y Obligaciones

Estructura y Registro Empresarial

Los solicitantes deben establecer una entidad legal de Puerto Rico para llevar a cabo operaciones de telecomunicaciones y poseer el decreto. La entidad debe registrarse ante las autoridades de Puerto Rico y obtener las licencias de telecomunicaciones necesarias.

Umbral de Ingresos por Exportación

Al menos el ochenta por ciento (80%) de los ingresos brutos debe derivarse de los servicios de telecomunicaciones prestados a clientes fuera de Puerto Rico. Los servicios a clientes de Puerto Rico no califican. Se requieren registros detallados de clientes y servicios.

Definición de Servicios de Telecomunicaciones

Los servicios deben constituir servicios de telecomunicaciones calificados, incluidos servicios de voz, transmisión de datos, servicios de conectividad u otras ofertas de telecomunicaciones. Los servicios deben proporcionarse desde la infraestructura de Puerto Rico a clientes externos.

Licencias de Telecomunicaciones

Los servicios de telecomunicaciones pueden requerir licencias apropiadas de las autoridades regulatorias de telecomunicaciones, dependiendo de los servicios ofrecidos. Los operadores deben mantener el cumplimiento regulatorio.

Servicios desde Puerto Rico

Los servicios de telecomunicaciones deben proporcionarse desde infraestructuras y operaciones con sede en Puerto Rico. Las operaciones técnicas y la entrega de servicios deben llevarse a cabo desde Puerto Rico.

Requisitos de Empleo

Las operaciones de telecomunicaciones deben contratar al menos un (1) empleado residente de Puerto Rico a tiempo completo dentro de los seis (6) meses posteriores a la emisión del decreto. Las operaciones técnicas, la gestión de redes y el personal de apoyo cuentan para los requisitos.

Presencia Física

La empresa debe mantener instalaciones y operaciones de telecomunicaciones en Puerto Rico. Los registros comerciales deben guardarse en Puerto Rico.

Cumplimiento e Informe

Los informes anuales de cumplimiento deben documentar el empleo, las fuentes de ingresos, las ubicaciones de los clientes y los volúmenes de servicio. Los registros deben demostrar los servicios de telecomunicaciones a clientes externos desde las operaciones de Puerto Rico.

Cómo solicitar

El proceso de solicitud para incentivos de exportación de telecomunicaciones generalmente requiere de seis (6) a doce (12) meses, dependiendo de los requisitos de infraestructura y licencias.

El proceso comienza con la planificación de los servicios de telecomunicaciones. Los operadores deben definir las ofertas de servicios, evaluar los mercados objetivo, planificar los requisitos de infraestructura y evaluar las necesidades de licencias. Se recomienda la consulta con asesores regulatorios y fiscales de telecomunicaciones.

Durante la planificación, los operadores establecen entidades legales en Puerto Rico, abordan la licencias de telecomunicaciones y impulsan el desarrollo de infraestructura. Los requisitos de infraestructura dependen de los servicios ofrecidos.

La solicitud formal se envía a PRIDCO e incluye descripciones de los servicios de telecomunicaciones, planes de infraestructura, análisis del mercado de clientes, proyecciones financieras y planes de empleo. Se debe incluir documentación sobre la licencia de telecomunicaciones.

PRIDCO revisa la solicitud durante aproximadamente sesenta (60) a noventa (90) días. El personal puede solicitar información adicional sobre servicios, licencias o planes de infraestructura.

Una vez aprobada, se emite el decreto especificando los términos y obligaciones. Después de la emisión, el operador debe establecer operaciones, obtener la licencia final y comenzar la prestación de servicios.

Esta información es educativa y no debe considerarse como asesoramiento legal o fiscal. Los solicitantes deben consultar con profesionales legales y fiscales calificados que estén familiarizados con los programas de incentivos de Puerto Rico antes de tomar decisiones comerciales o presentar solicitudes.

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