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Casa de huéspedes

Incentivo fiscal para las operaciones de casas de huéspedes que brindan alojamiento en propiedades de estilo residencial, ofreciendo beneficios para alojamientos turísticos a pequeña escala.

10 min

Código de sección:

2051.01 (b)-16

Propósito:

Economía de Visitantes — 2051.01 (b)-9

Resumen

La designación de casa de huéspedes bajo la Sección 2051.01(b)-16 de la Ley 60-2019, según enmendada, proporciona un trato fiscal preferencial para las operaciones de casas de huéspedes en Puerto Rico. Las casas de huéspedes suelen involucrar propiedades de alojamiento a menor escala en edificios de estilo residencial, ofreciendo una alternativa más íntima a los hoteles tradicionales.

Las operaciones de casas de huéspedes que califican pueden recibir tasas reducidas del impuesto sobre la renta corporativa sobre ingresos turísticos, exenciones de impuestos a la propiedad y alivio fiscal municipal. El programa apoya a pequeños negocios de hospitalidad que contribuyen a las diversas opciones de alojamiento y al turismo vecinal en Puerto Rico.

La distinción clave de esta designación en comparación con los incentivos hoteleros es su enfoque en propiedades más pequeñas con carácter residencial. Mientras que los hoteles suelen involucrar propiedades más grandes con instalaciones extensas, las casas de huéspedes proporcionan alojamiento en entornos que pueden parecer hogares o pequeñas posadas.

Las casas de huéspedes atraen a los viajeros que buscan experiencias locales auténticas y pueden ayudar a distribuir los beneficios del turismo a través de vecindarios residenciales. El incentivo apoya a los propietarios de propiedades y a pequeños emprendedores de hospitalidad que ingresan al sector turístico.

Beneficios clave

Tasa del Impuesto sobre la Renta Corporativa

Las operaciones de casas de huéspedes pueden recibir una tasa reducida del impuesto sobre la renta corporativa sobre los ingresos derivados de actividades turísticas calificadas. La tasa específica depende de las características de la propiedad y de los términos del decreto.

Exenciones de Impuestos sobre Propiedades

Las casas de huéspedes pueden recibir exenciones de impuestos sobre propiedades en la propiedad y los muebles utilizados en las operaciones de alojamiento. Los niveles de exención dependen del tipo de propiedad y de los términos del decreto.

Exenciones de Impuestos Municipales

Los operadores pueden recibir exenciones de impuestos de licencia municipal sobre los ingresos de las operaciones de casas de huéspedes.

Estructura Simplificada

La designación de casa de huéspedes proporciona un camino para que las operaciones de alojamiento más pequeñas accedan a incentivos con requisitos apropiados para su escala.

Desarrollo Turístico

Las casas de huéspedes contribuyen a diversificar las opciones de alojamiento en Puerto Rico y pueden activar propiedades residenciales para uso turístico.

Requisitos y Obligaciones

Normas de Propiedad

Las casas de huéspedes deben cumplir con estándares mínimos para las habitaciones de huéspedes, instalaciones y limpieza. Los requisitos específicos dependen de la categoría de la casa de huéspedes y pueden incluir mínimos de habitaciones y requisitos básicos de servicios.

Estructura Empresarial y Licencias

Los operadores de casas de huéspedes deben establecer estructuras empresariales apropiadas, registrarse en la Compañía de Turismo de Puerto Rico y obtener las licencias necesarias. Las propiedades deben cumplir con requisitos de salud, seguridad y zonificación.

Registro en la Compañía de Turismo

Las casas de huéspedes deben registrarse en la Compañía de Turismo de Puerto Rico como instalaciones turísticas calificadas.

Requisitos Operativos

Las casas de huéspedes deben operar genuinamente como alojamiento transitorio para turistas, no como alquileres residenciales a largo plazo. Pueden aplicarse requisitos de estancia mínima y estándares operativos.

Empleo y Servicios

Aunque las casas de huéspedes pueden ser operaciones más pequeñas, deben proporcionar servicios apropiados para los huéspedes. Los requisitos de empleo se ajustan al tamaño de la propiedad.

Cumplimiento e Informes

Los informes anuales de cumplimiento deben documentar la ocupación, los ingresos y las operaciones. Las casas de huéspedes deben mantener registros que respalden la calificación para el tratamiento preferencial.

Cómo solicitar

El proceso de solicitud para incentivos de casas de huéspedes típicamente requiere de tres (3) a ocho (8) meses, dependiendo de si la propiedad ya está en funcionamiento o está en desarrollo.

El proceso comienza con la evaluación de la propiedad y la planificación empresarial. Los propietarios de la propiedad deben evaluar si su propiedad cumple con los estándares de casas de huéspedes y desarrollar planes operativos. La consulta con asesores de turismo y fiscales ayuda a evaluar la elegibilidad.

Durante la planificación, los operadores establecen entidades comerciales, completan las mejoras necesarias en la propiedad para cumplir con los estándares y se preparan para obtener licencias. Se debe obtener el registro de la Compañía de Turismo.

La solicitud formal se presenta a la Compañía de Turismo de Puerto Rico e incluye descripciones de la propiedad, planes operativos, proyecciones financieras y evidencia de licencias. Para proyectos de desarrollo, deben incluirse planes arquitectónicos y cronogramas de mejoras.

El proceso de revisión normalmente dura de treinta (30) a sesenta (60) días. Una vez aprobada, se emite un decreto especificando términos y obligaciones.

Después de la emisión del decreto, la casa de huéspedes debe comenzar o continuar operaciones en cumplimiento con los requisitos del decreto y presentar informes de cumplimiento anuales.

Esta información es educativa y no debe considerarse como asesoría legal o fiscal. Los solicitantes deben consultar con profesionales legales y fiscales calificados familiarizados con los programas de incentivos de Puerto Rico antes de tomar decisiones empresariales o presentar solicitudes.

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