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Corporaciones Comprometidas con el Turismo

Incentivo fiscal para las corporaciones que hacen compromisos sustanciales con el desarrollo y las operaciones del sector turístico.

8 min

Código de sección:

2051.01 (b)-2

Propósito:

Economía de Visitantes — 2051.01 (b)-2

Resumen

La designación de Corporaciones Comprometidas con el Turismo bajo la Sección 2051.01(b)-2 de la Ley 60-2019, según enmendada, proporciona tratamiento fiscal preferencial para las empresas que hacen compromisos sustanciales con el desarrollo del sector turístico en Puerto Rico. Esta designación aborda inversiones y operaciones turísticas significativas más allá de categorías específicas de alojamiento o atracción.

Las corporaciones turísticas que califiquen pueden recibir tasas reducidas del impuesto sobre la renta corporativa, exenciones del impuesto sobre la propiedad y alivio fiscal municipal basado en compromisos turísticos sustanciales. El programa atrae a importantes inversores y operadores turísticos que realizan contribuciones significativas a la infraestructura y servicios turísticos de Puerto Rico.

La distinción clave es su enfoque en compromisos turísticos sustanciales en lugar de tipos de propiedades específicos. Las corporaciones comprometidas con el turismo demuestran una inversión significativa y una escala operativa en actividades turísticas.

Beneficios clave

Tasa de Impuesto Corporativo Reducida

Las corporaciones de turismo pueden recibir tasas reducidas sobre los ingresos relacionados con el turismo.

Exenciones de Impuesto sobre Propiedades

Las propiedades y instalaciones turísticas pueden recibir exenciones de impuesto sobre propiedades.

Alivio Fiscal Municipal

Las corporaciones de turismo pueden recibir exenciones de impuestos de licencia municipal.

Actividades Turísticas Flexibles

La designación acomoda operaciones y inversiones turísticas diversas que cumplen con los umbrales de compromiso.

Requisitos y Obligaciones

Requisitos de Compromiso con el Turismo

Las corporaciones deben demostrar compromisos sustanciales con el desarrollo turístico, incluyendo niveles de inversión, creación de empleo o provisión de servicios turísticos.

Umbrales de Inversión

Se aplican compromisos mínimos de inversión y operativos basados en la contribución del sector turístico.

Operaciones Turísticas

Las corporaciones deben llevar a cabo actividades turísticas genuinas que contribuyan a la economía turística de Puerto Rico.

Empleo

Las corporaciones turísticas deben emplear a residentes de Puerto Rico en operaciones turísticas.

Informes

Los informes anuales documentan las operaciones turísticas, inversiones, ingresos y empleo.

Cómo solicitar

Las solicitudes generalmente requieren de ocho (8) a dieciocho (18) meses. Las solicitudes incluyen descripciones de compromisos turísticos, planes de inversión, proyecciones operativas y análisis de impacto económico. Una vez aprobadas, las corporaciones implementan los compromisos turísticos y comienzan operaciones.

Esta información es educativa y no debe considerarse asesoramiento legal o fiscal. Los solicitantes deben consultar con profesionales legales y fiscales calificados familiarizados con los programas de incentivos de Puerto Rico antes de tomar decisiones comerciales o presentar solicitudes.

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